Registros
Registro de Nacimiento - Para personas nacidas en los
Estados
Unidos
Los nacimientos ocurridos fuera de Colombia, se registrarán en el Consulado de Colombia con jurisdicción del lugar de nacimiento o ante la Notaría Primera en Bogotá, Colombia. Solo se inscribirán en el Consulado General en San Francisco, los hijos de padre y/o madre colombianos, nacidos en los estados de Oregon, Washington, Nevada, Idaho, Utah, Montana, Wyoming, Colorado, Alaska, Hawai y la parte norte de California. y que hayan sido registrados en la Oficina del Registrador del Condado respectivo.
Los requisitos son:
- Certificado de Nacimiento (copia original) expedido por la oficina de Estadísticas Vitales del lugar donde ocurrió el nacimiento. En el certificado de nacimiento debe aparecer el nombre y nacionalidad de los padres al igual que el nombre y número de licencia del médico. NOTAS: Las versiones resumidas no serán aceptadas. Este certificado no le será devuelto, por lo que le recomendamos obtener copias adicionales antes de solicitar este trámite en el Consulado.
- Documento de identificación de los padres. Si son colombianos deben traer ORIGINAL de la Cédula de Ciudadanía o pasaporte colombiano vigente. Si uno de los padres es extranjero, debe presentar pasaporte vigente del país que coprresponda. Se debe anexar una (1) fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del padre colombiano y una (1) fotocopia del documento de identificación del padre extranjero.
- Presencia del menor para la toma de huellas (obligatoria).
- Documento de identidad del denunciante: En caso que sea una persona diferente a alguno de los padres
- Traer prueba escrita del grupo sanguíneo y el factor RH (ej.: A+, A-, O+, AB, etc.). (opcional) NOTAS: En caso de que el padre no éste presente en el momento del registro, se debe presentar el Certificado de Matrimonio. Si los padres no están casados, el padre deberá firmar el Registro. Si los padres no están casados, y el padre no se encuentre presente, pero su nombre y firma aparece en el Certificado de Nacimiento de los Estados Unidos, tendrá el apellido del padre. En caso contrario, deberá presentarse el reconocimiento del padre mediante escritura pública.
Registros Civiles Por Correo
Si se va a realizar un Registro de nacimiento en una ciudad diferente a donde ocurrio el nacimiento, debe llevar al Consulado de Colombia más cercano los siguientes requisitos:
- Original del Certificado de Nacimiento de los Estados Unidos
- Copia del certificado de matrimonio de los padres
- Si es unión libre: escritura de reconocimiento
- Identificación de los padres: si son colombianos fotocopia autenticada de la cédula o pasaporte vigente, si es de otra nacionalidad copia autenticada de su documento.
- Certificado de una autoridad de salud del tipo de sangre y RH.
- Presencia del menor
En el Consulado que le reciben los documentos se elabora un formulario de inscripción de correo y se le devuelven al usuario. Este formulario debe ser enviado por el usuario al Consulado con circunscripción en la ciudad donde tuvo lugar el nacimiento, con todos los requisitos mencionados. Esta última es la oficina que completa el trámite, registrando al menor, y devuelve el Registro correspondiente a la oficina consular que la tramitó inicialmente. Alli pueden acercarse a reclamar el registro.
Registro Civil en Colombia de Menores Nacidos en El Extranjero
Si el niño nació en nuestra circunscripción y no fue registrado y ahora se encuentra en Colombia, es necesario realizar el Registro ante la notaria autorizada para efectuarla (En Bogotá la notaría primera). Allí le exigirán los mismos requisitos para el Registro mencionados arriba, salvo que el Certificado de nacido vivo de los Estados Unidos debe estar debidamente Apostillado.
Registro de Matrimonio
Cuando el matrimonio se haya realizado en los estados de Oregon, Washington, Nevada, Idaho, Utah, Montana, Wyoming, Colorado, Alaska, Hawai y la parte norte de California., se puede registrar ante el Consulado de Colombia, presentando los siguientes documentos:
- Registro de matrimonio estadounidense. Este documento se queda en poder del consulado.
- Registro civil de nacimiento de ambos contrayentes, expedido recientemente.
- Cédula de ciudadanía de cada uno de los contrayentes. Si alguno es extranjero, debe presentar el pasaporte vigente que lo acredite como tal.
- Presencia de uno de los contrayentes.
Si el contrayente colombiano es divorciado, debe presentar el registro civil de nacimiento con anotación de matrimonio y divorcio. Si es extranjero debe presentar la sentencia del divorcio.
Registro de Defunción
- Cerificado de defunción Importante verificar que los nombres estén escritos tal como aparecen en los documentos colombianos
- Cédula de ciudadanía del fallecido. Pasaporte colombiano si lo tiene.
- Identificación de quien denuncia o informa la defunción.


