Permisos a Menores
Este documento es exigido para salida del país o expedir pasaportes a menores de edad en Colombia.
CONFORME A LA REGULACION COLOMBIANA
Solo los menores nacidos en el extranjero pero con domicilio en Colombia requieren permiso de salida de los padres; quienes hayan nacido en el extranjero e ingresen a colombia como tales no requieren el mencionado permiso. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para lo cual una vez tenga el permiso debe enviarlo a la oficina de Legalizaciones del Ministerio. Transversal 17A #98-55 Bogotá Fax 522 3538 Telefono:525 1862 o 525 1860 Es menor de edad toda persona menor de 18 años y en Colombia se requiere permiso para salida del país o para expedir pasaportes.
Para Salida del País
En general, para salir de Colombia todo menor de 18 años nacional o extranjero debe presentar:
- Registro de Nacimiento
- Permiso del padre que no viaja con el menor
- Si alguno de los padres no está presente en Colombia para otorgar el permiso a su hijo, debe acudir al Consulado de la jurisdicción en la cual resida y tramitar el permiso. Para ello necesita lo siguiente:
- Cédula de ciudadanía o pasaporte vigente. y una fotocopia de la misma.
- Si el padre es extranjero debe presentar pasaporte vigente o licencia de conducir.
- Valor a cancelar: ver la página de tarifas actualizadas.
- Cuando se desconoce el paradero de uno de los padres, el otro debe realizar un poder ante el Consulado, autorizando a un familiar o conocido, para que en su nombre y representación, solicite para el menor, ante el ICBF, el permiso de salida de Colombia.
- Vale la pena advertir que en el poder debe constar el número de la cédula del autorizado. Dicho poder debe ir acompañado de la fotocopia de la cédula de ciudadanía del que da el poder. En el permiso de salida del país debe ser uno por el Padre y uno por la madre y en cada permiso puede incluír los nombres de los hijos que viajan el mismo día. Para el permiso de salida del país de los menores en otros países debe contactar el Consulado del respectivo país para obtener la información concreta. Nota: estos permisos tienen una vigencia de cuatro meses a partir de la fecha de expedición.
- Cédula de ciudadanía del padre que hace el trámite y fotocopia de la misma
- Valor a cancelar: ver la página de tarifas actualizadas.
- En el permiso debe indicar la persona que lo va a representar en Colombia.
Para Expedir Pasaporte
La expedición de pasaportes colombianos en Colombia para los menores de edad requieren del permiso de los padres y debe tener en cuenta en donde va a realizar el trámite para que éste sea incluído en el permiso, esto es, para Bogotá, se dirige al Ministerio de Relaciones Exteriores y para los otros departamentos se dirige a la Gobernación correspondiente.
Cuando los padres autorizan la expedición de pasaporte en Colombia, se requiere:
Este permiso es uno por el padre y uno por la madre y en cada permiso sólo puede incluír un hijo.
Nota: estos permisos tienen una vigencia de cuatro meses a partir de la fecha de expedición.


