El Consulado
El Consulado es una oficina del servicio exterior del Estado Colombiano encargada de velar por los intereses del país y sus compatriotas.
Todos los nacionales Colombianos tienen acceso a los servicios consulares sin necesidad de recurrir a intermediarios; los únicos cobros que pueden hacer las oficinas consulares son los que demandan el impuesto de timbre con destino a la Tesorería de la Nación, y los cobros - correspondientes a los Derechos consulares que van al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Proteger y velar por los intereses del Estado Colombiano y de sus nacionales, sean ellos personas naturales o jurídicas, dentro de los límites permitidos por las leyes y reglamentos del país donde se encuentren.
- Velar, con base en las normas del Derecho Internacional y del Estado receptor, por los intereses de los colombianos menores y de otros que carezcan de capacidad plena, en especial cuando requieran instituir una tutela o curatela.
- Adelantar programas de promoción con los Colombianos residentes en el exterior.
- Expedir Pasaportes a los nacionales Colombianos.
- Expedir visas para los Extranjeros que deseen viajar a Colombia.
- Actuar en calidad de notarios.
- Tramitar la Cédula de ciudadanía, la Tarjeta de Identidad, la Libreta Militar y el Certificado judicial ante las autoridades correspondientes.
- Orientar al público en la contratación de Abogados locales, intérpretes y médicos
- Indicar cómo hacer una transferencia de fondos a Colombia.
- Inscribir su nacimiento y su matrimonio en el Registro Civil.
- Elaborar registros de defunción y actuar en calidad de Notario.
- Orientarlo en materia de sus Derechos como inmigrante.
- Localizar a familiares y amigos en caso de accidente, muerte y/o cuando se encuentren en alguna emergencia.
- Colaborar en la localización de familiares en el extranjero y en suministrar información sobre organizaciones con experiencia en la búsqueda de personas perdidas.
- Contactar a familiares presos en el extranjero y, en algunas oportunidades, adelantar diligencias que permitan el envío de correspondencia para las personas detenidas.
- Visitar a los detenidos y vigilar que se respeten sus Derechos y se cumplan los procedimientos legales en sus casos.
- Pagar hospedajes, tiquetes de viaje, servicios médicos, Abogados defensores o cualquier otra clase de cuentas.
- Hacer el trabajo de las agencias de viajes, aerolíneas, bancos o asociaciones de vehículos.
- Solicitar tratamiento especial para usted en un centro médico o de detención, diferente al que se le da a cualquier otra persona.
- Representarlo legalmente; iniciar en su nombre procedimientos ante los tribunales locales o interceder ante ellos para ponerlo fuera de Prisión.
- Obtener permisos de trabajo o visas para usted y sus familiares.
- Recuerde que el hecho de poseer una visa no le garantiza el ingreso a un país determinado, puesto que la decisión final corresponde a las autoridades de inmigración en dicho país.
- Las tarifas consulares y sus respectivas normas vigentes deben estar puestas en un lugar visible del Consulado.


